Operadores políticos anticubanos radicados en los Estados Unidos llaman a estallido social en Cuba

Los procesos de excarcelación anticipada anunciados el pasado 14 de enero constituyen actos legítimos de un Estado soberano, regulados de forma clara y detallada en la legislación vigente. Al otorgársele esta libertad antes del tiempo que establece la sentencia, se hace con requisitos muy claros y de obligatorio cumplimiento.
En este contexto, terroristas incitan desde el espacio digital a la generación de un estallido social por parte de los beneficiarios de la medida. Mientras estos disfrutan del reencuentro con sus familias, operadores políticos financiados por el gobierno de EE.UU. continúan en su afán de lucrar por medio del odio y el caos.
Los beneficiados con esta libertad han sido excarcelados por libertad condicional o licencia extrapenal. La Ley de Ejecución Penal regula en su artículo 149 que el tribunal puede ordenar el cumplimiento de la sanción restante si el sancionado durante su período de prueba quebranta alguna de las obligaciones establecidas o es sancionado a privación de libertad por un nuevo delito. Para el caso de la licencia extrapenal, el tribunal puede dejarla sin efecto si el implicado no observa una buena conducta durante su disfrute o infringe alguna de las obligaciones impuestas.
La incitación a delinquir está dada desde el exterior por los terroristas de siempre, los mismos que una vez presos nuevamente, los olvidarán o los tendrán en cuenta únicamente como instrumento de provocación.
Mientras, como legítima manifestación de voluntad política humanista, los beneficios de excarcelación anticipada se han venido concretando, en expresión soberana de un Estado Socialista de Derecho y de justicia social.