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Preguntas y respuestas  sobre el establecimiento de límites en las operaciones bancarias

El pasado 10 de enero, el Banco Metropolitano informó en su perfil institucional de Facebook sobre el establecimiento de límites en las operaciones bancarias de transferencia y extracción de efectivo. A propósito de inquietudes de la población acerca de los cambios, respondemos algunas de estas interrogantes.

¿Cuál es el objetivo de la medida?

Fortalecer el uso de las cuentas según su naturaleza personal o corporativa, a la vez que se refuerza la transparencia en las operaciones.

¿Cuáles son los límites normados?

Las cuentas personales correspondientes a salario, jubilación, ahorro, formación de fondos y colaboración funcionarán con máximos diarios de 80 mil pesos cubanos (CUP) y hasta 120 mil pesos al mes. En el caso de MLC, la cifra establecida en el primer caso es de mil, con tope de 5000 al mes. Se exceptúan las cuentas de negocios de trabajadores por cuenta propia, que aunque también son personas naturales, no tienen límites para recibir o enviar transferencias. Tampoco quedan plasmados topes para el pago en línea por plataformas como En Zona y Transfermóvil, así como las Terminales de Puntos de Venta (TPV o POS).

Entonces, ¿no puedo mover montos superiores?

Sí es posible. Los clientes que requieran este tipo de operaciones entre personas naturales deben solicitarlo de manera presencial en los bancos.

¿La medida limita mi capacidad de pago?

Las personas naturales no tienen limitación alguna para transitar recursos financieros desde sus cuentas para ejecutar pagos a personas jurídicas u otros agentes económicos por cualquier concepto (compra de mercancías, servicios adquiridos, reservaciones en instalaciones turísticas, etc.).

¿Cuba es el único país que establece regulaciones a este tipo de operaciones bancarias?

No. Existe referente internacional para esta práctica. Los límites quedan establecidos en correspondencia con la naturaleza de las operaciones y si se trata de personas naturales o jurídicas.

El reglamento se extiende a naciones signatarias de la Convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Controladas, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción.

¿Cuándo se aplicó el tope por primera vez en nuestro país?

Desde 1997 la Mayor de las Antillas pone en rigor las medidas, que han ido variando de acuerdo con las condiciones del mercado financiero. Con el aumento de la penetración de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en nuestro país, surge la necesidad de tomar acciones para preservar la disciplina del mercado. En modo alguno constituyen limitaciones a los derechos financieros de los ciudadanos. Los esfuerzos persiguen reforzar la educación financiera y evitar que puedan involucrarse en procesos ilícitos o de evasión fiscal, sea por desconocimiento  o no.

¿Cómo afecta la nueva medida a personas jurídicas y otros agentes?

A las cuentas corporativas no se aplican limitaciones distintas a las relacionadas con su operatoria. Nos referimos a aquellas asociadas a negocios, relacionadas con los pagos y actividades autorizadas en su objeto social o empresarial, desde las cuales se establecen obligaciones con el fisco.

¿Solo el Banco Metropolitano implementará la regulación?

El resto de las instituciones bancarias del sistema irán implementando la medida en los próximos días.

Con información del Banco de Crédito y Comercio y el Banco Metropolitano S.A.

Redacción Razones de Cuba

Trabajos periodísticos que revelan la continuidad de las acciones contra Cuba desde los Estados Unidos.

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