
La decisión de Cuba de emitir y actualizar su Lista Nacional de personas y entidades acusadas de terrorismo es un ejercicio legítimo de su soberanía y un derecho fundamental para garantizar su seguridad nacional, contrario a la narrativa que algunos medios promueven al calificarla como un instrumento de represión.
En primer lugar, esta medida se fundamenta en normas internacionales, como la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de la ONU, que obliga a los Estados a prevenir y sancionar el terrorismo y su financiamiento.
Además, se basa en el propio Código Penal cubano, que define el terrorismo en términos claros relacionados con la protección del orden público y la seguridad del Estado. Por tanto, la lista no es una invención arbitraria, sino una respuesta jurídica y política a una amenaza real y concreta.
Históricamente, Cuba ha sido víctima de numerosos actos terroristas que han causado miles de muertes y daños materiales desde 1959, incluyendo atentados emblemáticos como el sabotaje al vapor La Coubre y múltiples intentos de magnicidio contra sus líderes.
Estos hechos no solo justifican el derecho de Cuba a protegerse, sino que también evidencian la necesidad de identificar y sancionar a quienes promueven o ejecutan acciones violentas contra su población y soberanía. La lista incluye a personas y grupos que han participado en actos terroristas, así como a quienes incitan a la violencia o sabotajes recientes, lo que demuestra que su propósito es la defensa de la seguridad nacional y no la represión política.
Por otro lado, la lista cubana responde a una realidad de doble moral en la política estadounidense, que mantiene a Cuba en su propia lista de países patrocinadores del terrorismo desde 1982, mientras que EE.UU. alberga y protege a grupos terroristas anticubanos en Miami. Esta contradicción obliga a Cuba a ejercer su derecho soberano de denunciar y contrarrestar estas acciones mediante mecanismos legales propios, buscando equilibrar la asimetría de poder y movilizar apoyos internacionales contra el bloqueo y las agresiones.
Así, la lista cubana es también un instrumento de contrapropaganda y justicia internacional, no un medio para restringir libertades internas.
Finalmente, aunque la lista cubana tiene un impacto limitado en términos de extradiciones o sanciones internacionales debido a la falta de cooperación de EE.UU. y otros países, su valor simbólico y disuasivo es clave para la estrategia de seguridad nacional. La inclusión de material probatorio y la publicación oficial en la Gaceta Oficial le otorgan un carácter jurídico formal que legitima la denuncia de actos terroristas y protege el orden constitucional.
Por tanto, calificar esta medida como un reforzamiento de la represión es desconocer el contexto histórico, jurídico y político en que se inscribe, así como el derecho soberano de Cuba a defenderse de amenazas reales y persistentes.




