Excarcelación en Cuba de 553 personas privadas de libertad

En la tarde de ayer, la cancillería cubana anunció que, en el espíritu de jubileo ordinario de 2025, serán puestas en libertad 553 personas sancionadas en debido proceso por delitos diversos contemplados en la ley.
Esta decisión se toma “sobre la base de un análisis cuidadoso a partir de las distintas modalidades que contempla la legislación, y como parte de la naturaleza justa y humanitaria de los sistemas penal y penitenciario de Cuba”, comunica la declaración oficial.
Se trata de una práctica común en nuestro país, al amparo de la legislación nacional. Más de 10 mil personas sancionadas con privación de libertad fueron excarcelados entre los años 2023 y 2024 con distintas modalidades de beneficio previstas en la ley.
Cuba mantiene con el Vaticano relaciones respetuosas, francas y constructivas, lo que lo que facilita decisiones como la recién tomada, dentro de los requisitos que establece la legislación vigente, el sentido humanitario del sistema de justicia cubano y el cumplimiento de las obligaciones con el orden interior y la seguridad ciudadana.
Autoridades cubanas, en comparecencia televisiva, aclararon que no se trata de una amnistía ni de un indulto, pues no conservan ni la extinción total de la sanción, ni la facultad presidencial. Se trata de beneficios de excarcelación anticipada, establecidos en instrumentos legales como la Constitución de la República. Tales beneficios estás asociados al cumplimiento de determinados requisitos, plasmados en la norma legal. Entre ellos figuran la edad de los reclusos en el momento de comenzar a cumplir la pena, el comportamiento y la demostración de que los fines de la sanción fueron cumplidos, entre otros.
Según declaró la funcionaria, todos los meses a los tribunales del país se le solicitan beneficios de excarcelación y licencia extra penales. Por lo tanto, se trata de una práctica común.
La variedad de delitos pro los cuales han sido condenados los beneficiarios oscila desde delitos patrimoniales de robo con fuerza, amenazas, lesiones, desórdenes públicos y sedición.
Hay que recordar que la sedición no es un delito político, sino “va contra el orden constitucional cubano contra la seguridad y la estabilidad eh de la nación, por tanto son personas que ya tienen los requisitos de ley”, se aclaró en la entrevista.