¿A quién pretende engañar el Departamento de Estado?

El 21 de julio de 2025 la Oficina de Asuntos del hemisferio occidental del Departamento de Estado yanqui, afirmó que “las crisis económicas y sociales que atraviesan Cuba y Venezuela no son consecuencia de factores externos, sino el resultado directo de décadas de corrupción, negligencia administrativa y estructuras de poder diseñadas para sostener gobiernos autoritarios”.
Si eso fuera cierto, las crisis económicas y sociales en muchos países de Latinoamérica e incluso en Europa serían muy superiores a las que sufren hoy cubanos y venezolanos, porque la corrupción, el robo, el caos económico, el nepotismo y la mala gestión gubernamental están a la orden del día, pero lo que omite el Departamento de Estado, son las leyes y sanciones económicas que Estados Unidos impone a ambos países, solo por luchar para ser independientes y soberanos.
Según las falacias del Departamento de Estado los problemas económicos en ambos países son “autóctonos” y no producto de sanciones internacionales. Entonces, ¿por qué en vez de incrementar las sanciones no las eliminan para demostrar quién tiene la razón?
¿Por qué el Departamento de Estado no dice que Estados Unidos le aplica a Cuba leyes para estrangular su economía, como expresa sin ambages la Operación Mangosta de 1962:
“La acción política será apoyada por una guerra económica que induzca al régimen comunista a fracasar en su esfuerzo por satisfacer las necesidades del país, las operaciones psicológicas acrecentarán el resentimiento de la población contra el régimen, y las de tipo militar darán al movimiento popular un arma de acción para el sabotaje y la resistencia armada en apoyo a los objetivos políticos”.
¿Son la corrupción, el robo, el caos económico, el nepotismo y la mala gestión gubernamental lo que impide la satisfacción de las necesidades de los cubanos o son las leyes yanquis diseñadas para lograr ese cruel objetivo?
Para que cada cual saque sus conclusiones, basta con exponer las leyes yanquis aplicadas contra Cuba desde el 19 de octubre de 1960.
Las leyes son:
- Ley de Comercio con el Enemigo, TWEA, de 1917: Prohíbe cualquier tipo de transacción comercial o financiera, incluidas las relativas a viajes, transportes o negocios, en tiempos de guerra o cuando se haya declarado una emergencia nacional en relación con un país específico.
- Ley de Asistencia Exterior. Proclama Presidencial 3447/1961: Bajo la autoridad que le otorgaba la Ley de Cooperación Internacional y en cumplimiento de la sección 620 (a) de la Ley de Asistencia Exterior, el presidente John F. Kennedy suspendió desde el 6 de febrero de 1962 todo el comercio con Cuba. Mediante esa Proclamación Presidencial se impuso un “embargo” a todo el comercio con Cuba, prohíbe la importación a Estados Unidos de todos los bienes de origen cubano y bienes importados desde o a través de Cuba y todas las exportaciones de Estados Unidos a Cuba. El “embargo” se ha convertido en ley y ampliado mediante regulaciones y nuevas legislaciones.
En el segundo semestre de ese mismo año 1964, el Departamento de Comercio, incluyó a Cuba en la lista del grupo de países Z. De acuerdo con la Ley para el Control de las Exportaciones de Estados Unidos de 1949, los países a los cuales van destinadas las exportaciones se dividen en 7 grupos y el Z es el último. En la sección 385.1 de esta Ley se dispone que, en el caso de Cuba, se requiere de una aprobación previa del Departamento de Comercio para exportar o reexportar cualquier producto o información técnica de origen estadounidense y, se puntualiza que la política general del Departamento es rechazar todas las solicitudes o peticiones hacia Cuba, excepto en caso de algunas de tipo humanitario. - Regulaciones para el Control de Activos Cubanos del Departamento del Tesoro (CACR) de 1963: Estipula el congelamiento de todos los activos cubanos en EE.UU.; la prohibición de todas las transacciones financieras y comerciales, a menos que fuesen aprobadas por una licencia; la prohibición de exportaciones cubanas a EE.UU.; la prohibición a cualquier persona natural o jurídica de EE.UU. o terceros países, de realizar transacciones en dólares estadounidenses con Cuba; entre otras disposiciones. El objetivo expreso es “aislar económicamente al gobierno cubano y privarlo de dólares estadounidenses. Establece castigos penales que oscilan entre 10 años de prisión, multas a empresas de hasta un millón de dólares estadounidenses, y multas individuales de hasta 250.000 dólares, para la violación de las sanciones. Pueden imponer castigos civiles de hasta 55.000 dólares estadounidenses.
- Ley para la Administración de las Exportaciones (1979): La Sección 2401 (b) (1) “Control de la Seguridad Nacional”, “Política hacia determinados Estados”, establece la Lista de Control del Comercio, en la cual el presidente de EE.UU. mantiene a un número de países a los que se les podrán establecer controles de exportación especiales por consideraciones de seguridad nacional. Cuba está incluida en este listado.
- Regulaciones para la Administración de las Exportaciones (EAR por sus siglas en inglés, 1979): Establecen las bases de los controles generales para artículos y actividades sujetas al control de las EAR, en consonancia con las medidas impuestas por el gobierno de EE.UU. Establecen una política general de denegación para las exportaciones y reexportaciones a Cuba.
- Ley para la Democracia Cubana o Ley Torricelli (1992): Prohíbe a las subsidiarias de compañías estadounidenses en terceros países, comerciar bienes con Cuba o nacionales cubanos. Prohíbe a los barcos de terceros países que toquen puerto cubano entrar a territorio estadounidense en un plazo de 180 días, excepto aquellos que tengan licencia específica del secretario del Tesoro. Prohíbe a los ciudadanos estadounidenses viajar a Cuba y prohíbe enviar remesas de dinero al país. Uno de los objetivos expresos de esta ley es “tratar de lograr una transición pacífica a la democracia y la reanudación del crecimiento económico de Cuba, mediante la aplicación cuidadosa de sanciones contra el gobierno de Castro y apoyo al pueblo cubano”. Alienta a los gobiernos de otros países que mantienen relaciones comerciales con Cuba, a restringir sus actividades de comercio y crédito.
Limita la cooperación internacional con Cuba, imponiendo “sanciones a cualquier país que preste ayuda a Cuba”, lo cual incluye poner fin a la ayuda de Estados Unidos a esos países, declarándolos no aptos para beneficiarse de cualquier programa de reducción o perdón de la deuda que mantengan con Estados Unidos. - Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubanas o Ley Helms-Burton (1996): Codificó las disposiciones del bloqueo y amplió su alcance extraterritorial, mediante la imposición de sanciones a directivos de empresas extranjeras que realicen transacciones con propiedades estadounidenses nacionalizadas en Cuba y la amenaza de demandas en tribunales de EE.UU. por igual motivo.
Prohíbe a los ciudadanos estadounidenses viajar a Cuba y enviar remesas de dinero. Uno de los objetivos expresos de esta ley es tratar de lograr una “transición pacífica a la democracia y la reanudación del crecimiento económico de Cuba, mediante la aplicación cuidadosa de sanciones contra el gobierno de Castro y apoyo al pueblo cubano”. - Sección 211 de la Ley de Asignaciones Suplementarias y de Emergencia para el año fiscal 1999: Prohíbe el reconocimiento por los tribunales estadounidenses de los derechos de empresas cubanas sobre marcas asociadas a propiedades nacionalizadas.
- Ley de Reforma a las Sanciones Comerciales y Ampliación de las Exportaciones (2000): Autorizó la exportación de productos agrícolas a Cuba, pero lo condiciona al pago en efectivo, por adelantado y sin financiamiento de EE.UU. Prohibió los viajes de estadounidenses con fines turísticos a Cuba.
• Inclusión de Cuba en la lista de países que patrocinan el terrorismo.
Desde 1982 hasta 2015, Cuba formó parte de esta lista elaborada por el Departamento de Estado, junto a Irán, Corea del Norte y Siria. Fue retirada durante el gobierno de Barack Obama y nuevamente incluida el 14 de enero 2021 durante la presidencia de Donald Trump.
El 16 enero 2025, a una semana de abandonar la Casa Blanca, el presidente Joe Biden retiró a Cuba de la lista, pero a pocos días de asumir la presidencia en enero del 2025, Trump volvió a incluirla, para reforzar las medidas de guerra económica.
Los países designados como patrocinadores del terrorismo enfrentan duras restricciones económicas, financieras y diplomáticas, como la prohibición de exportaciones de armas, la suspensión de ayuda económica, el bloqueo de créditos internacionales y limitaciones para acceder al sistema financiero global. Además, facilita demandas civiles en tribunales estadounidenses, afecta a su reputación internacional y complica sus relaciones con otros países.
El Departamento de Estado incluyó en su lista negra a toda persona que hubiese viajado a la isla y por eso sometida a una indagación más rigurosa para ingresar a Estados Unidos.
Los ciudadanos de la UE y otros países como Chile, Corea del Sur o Japón que visitan un país incluido en dicha lista, pierden el privilegio de la exención de visado de turismo a EE.UU. bajo el programa ESTA. Para amedrentar a esos ciudadanos, Estados Unidos incluyó a Cuba, para afectar el turismo, primer renglón de entrada de dinero a su economía. La afectación se ha constatado rápidamente pues de recibir 4,2 millones de visitantes en 2019 cayó a menos de 2,4 millones en 2024. - Otras sanciones.
El 17 de abril de 2019 el régimen de Donald Trump implementó totalmente la ley Helms-Burton y restringió los viajes y las remesas que se envíen a Cuba. Los cubanoamericanos solo podrán enviar 1,000 usd cada tres meses a sus familiares en Cuba, según nuevas regulaciones publicadas.
En junio 2019 Trump prohibió los viajes de cruceros estadounidenses a Cuba, como estrategia para cortar el flujo de recursos financieros a la isla.
Desde el 9 de octubre de 20019, la OFAC prohibió que bancos estadounidenses procesen transacciones bancarias relacionadas con Cuba a través de terceros, operaciones conocidas como transacciones U-turn en inglés. La mayoría de los bancos rechazan esas operaciones por temor a incumplir las regulaciones del embargo a Cuba.
El secretario del Tesoro, Steven Mnuchin, en un comunicado afirmó. “Estamos tomando medidas adicionales para aislar financieramente al régimen cubano”. “A través de estos cambios regulatorios, el Tesoro está negando el acceso de Cuba a las divisas y frenando el mal comportamiento del gobierno cubano mientras continuamos apoyando al sufrido pueblo de Cuba”.
El 21 de octubre 2019 entraron en vigor nuevas sanciones y enmiendas a las Regulaciones para la Administración de Exportaciones (EAR) a Cuba, anunciadas por el Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento del Tesoro de EE.UU. Estas medidas tienen el objetivo de restringir aún más las exportaciones y reexportaciones de bienes hacia Cuba. Las principales disposiciones son las siguientes:
• Se establece una política general de denegación de licencias para el arrendamiento de aeronaves a aerolíneas estatales cubanas.
• Se establece que las aeronaves y embarcaciones no son elegibles para la excepción de licencias si son utilizadas en modalidad de chárter por nacionales cubanos o un de Estado Patrocinador del Terrorismo, o si son arrendados por estos.
• Se impone a Cuba la regla del 10%, consistente en denegar cualquier reexportación a Cuba de artículos extranjeros que contengan más de un 10 % de componentes estadounidenses. (Desde que Cuba fue eliminada de la Lista de Estados Patrocinadores del Terrorismo se aplicaba para Cuba la regla del 25%).
• Se revisa la Excepción de Licencia “Apoyo al Pueblo Cubano” para que no se puedan realizar determinadas donaciones al gobierno de Cuba y al Partido Comunista de Cuba.
• Se elimina la autorización para la exportación de artículos promocionales que “benefician generalmente al gobierno de Cuba”.
• La exportación de bienes destinados a mejorar la infraestructura de telecomunicaciones se limita a aquellos que faciliten el libre flujo de información entre el pueblo cubano.
• Se prohíbe a compañías y ciudadanos estadounidenses comprar «artículos de promoción» del sistema político cubano, aunque se permitirá su adquisición si proviene del sector privado.
• Por regla general, EE.UU. permite donaciones de material científico, cultural y educativo destinado a «apoyar al pueblo cubano»; pero ahora ha incluido una excepción en la normativa vigente para dejar claro que ni el Ejecutivo ni el Partido Comunista de Cuba (PCC) pueden beneficiarse de esas concesiones.
En octubre del 2019, el Departamento de Comercio de Estados Unidos limitó la autorización para exportar a Cuba productos que tengan más de un 10% de componentes de origen estadounidense. Ante esa regla, una compañía extranjera que había vendido dos aviones destinados a la aerolínea Cubana de Aviación, decidió cancelar la transacción.
En noviembre del 2019, Estados Unidos prohibió el uso de dinero federal para el intercambio cultural y educativo con Cuba. Esa nueva sanción aparece recogida en el Registro Federal de Estados Unidos correspondiente al 4 de noviembre, Determinación Presidencial número 2020-02 del 18 de octubre, relacionada con los esfuerzos de gobiernos extranjeros sobre el tráfico de personas. El presidente Donald Trump declaró que Estados Unidos no proveerá asistencia no-humanitaria, comercial, ni permitirá el financiamiento para la participación en programas educacionales o culturales con oficiales o empleados de los gobiernos de Cuba, Corea del Norte, Siria y Rusia para el año fiscal 2020.
Desde noviembre del 2017 Estados Unidos ha sancionado a más de 117 hoteles cubanos en toda la Isla, como medida para afectar el turismo. Cinco marinas, varias agencias de viajes y 34 centros comerciales.
Estados Unidos ha impuesto sanciones contra 54 embarcaciones, 27 compañías y tres individuos relacionados con el suministro de combustibles a Cuba, como parte de sus medidas coercitivas contra buques, navieras y empresas que transportan el crudo a la Isla. Esa política criminal causa fuertes afectaciones a la economía cubana. La persecución contra la compra de petróleo por Cuba se incrementa por meses. Entre las embarcaciones castigadas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro están: Ícaro, de bandera panameña, Luisa Cáceres de Arismendi, Manuela Sáenz, Paramaconi, Terepaima y Yare, de bandera venezolana.
Trump activó los Títulos III y IV de la Ley Helms-Burton, que permiten demandar a los inversionistas en propiedades confiscadas a norteamericanos por el gobierno cubano y prohibir la entrada a Estados Unidos de los inversores y sus familiares.
El 25 de febrero del 2020, el régimen de Trump anunció la suspensión de los vuelos charters a todos los destinos en Cuba excepto a La Habana. La decisión forma parte de una serie de sanciones contra el gobierno de la isla por su apoyo a Nicolás Maduro en Venezuela. La campaña de máxima presión del régimen yanqui, golpea duro a la economía de Cuba e impide la comprar de aviones para su aerolínea doméstica y los buques se rehúsan a atracar en sus puertos.
23 de septiembre 2020. Estados Unidos anuncia otras sanciones contra Cuba: la prohibición a los viajeros estadounidenses de alojarse en hoteles propiedad del gobierno cubano. Trump declaró que restringió la importación de alcohol y tabaco cubanos. Estas acciones asegurarán que los dólares estadounidenses no financien al régimen cubano, las compañías de viaje y turismo sujetas a la jurisdicción estadounidense, no podrán realizar reservaciones en esas propiedades. El fin es impactar negativamente en el sector turístico cubano.
El Departamento del Tesoro también eliminó una política de autorización general para la participación u organización de conferencias, seminarios, exhibiciones y eventos deportivos. Los ciudadanos, residentes y compañías sujetas a las leyes estadounidenses deberán solicitar una autorización o licencia específica para estas actividades.
El Departamento de Estado, el 11 de julio del 2025 añadió 11 hoteles a su larga lista de propiedades restringidas en Cuba y a su listado de alojamientos prohibidos en Cuba, incluso el recientemente inaugurado hotel Torre K.
Las operaciones comerciales de Cuba se complican por la prohibición de usar el dólar de Estados Unidos en el pago a terceros, además de la búsqueda de intermediarios para acceder a productos y las comisiones que aplican las entidades bancario-financieras producen un incremento sustancial de los gastos que deben cubrir las empresas cubanas.
El aumento de la intimidación del gobierno norteamericano a las instituciones internacionales, obstaculizan las operaciones bancarias de Cuba. Generan trámites burocráticos que provocan demoras en los pagos a proveedores o la recepción de ingresos provenientes del exterior y un número importante de ellas se niegan a tramitar con bancos y empresas nacionales.
Han acudido a acciones tan extremas como la paralización abrupta de las transacciones, la retención de fondos de entidades cubanas o el caso de las embajadas y consulados, a los cuales se les eliminó el acceso a cajeros automáticos y sus tarjetas de crédito, en países europeos.
Estos elementos prueban las mentiras que pretende imponer en la opinión pública, el actual secretario de Estado Marco Rubio, pero las pruebas son contundentes para demostrar que el verdadero responsable de la situación económica cubana es Estados Unidos, por las acciones criminales e inhumanas de esa guerra económica que pretende matar por hambre y enfermedades al pueblo cubano desde 1960.
No se equivocó José Martí cuando dijo: “Trincheras de ideas valen más que trincheras de piedras”




