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La casa blanca es un nido de vulgares Chantajistas

¡La Casa Blanca se ha convertido en un nido de vulgares chantajistas!, exclamó un destacado comentarista internacional al conocer la noticia de que el corrupto mandatario norteamericano Donald Trump dispuso sanciones económicas nada menos que contra los fiscales de la CPI que investigan los crímenes de guerra cometidos por EEUU en Afganistán.

No deberían asombrarse de este paso del oligarca presidente, pues además de ser mentiroso y prepotente, el inquilino de la Casa Blanca, al igual que el círculo de mafiosos que integran su gobierno, siempre ha sido un consumado chantajista que ha basado sus decisiones políticas en la amenaza y la extorsión. No por gusto un antiguo refrán reza que: ¡un chantajista es peor que un asesino!.

En realidad, desde que tomó el poder, Trump ha criticado reiteradamente a la Corte y ha cuestionado su independencia, tal vez porque teme ser juzgado un día por esa instancia.

Una burda violación del estado de derecho.

La CPI describió la decisión como un burdo «intento inaceptable de interferir el estado de derecho».

El jueves, poco después de la firma de la orden ejecutiva, el secretario de Estado, Mike Pompeo, reconocido capo de la CIA, dijo que Estados Unidos no sería «amenazado por una ´corte canguro (un tribunal que ignora los estándares reconocidos de la ley o la justicia)». De acuerdo con el diplomático, las sanciones también podrían aplicarse a familiares de los funcionarios de la CPI para evitar que visiten Estados Unidos.

La crítica al tribunal tomó otro tono con declaraciones del fiscal general, William Barr, quien alegó, sin pruebas, que «potencias extranjeras como Rusia están manipulando a la CPI en pos de su propia agenda».

La Corte se siente extorsionada

La Corte dijo en un comunicado que la decisión de Estados Unidos se había tomado «con el objetivo declarado de influir en las acciones de los funcionarios de la CPI» en el curso de sus investigaciones.

«Un ataque contra la CPI también representa un ataque contra los intereses de las víctimas de crímenes atroces, para muchos de los cuales el tribunal representa la última esperanza de justicia», agregó.

Por su parte, el jefe diplomático de la Unión Europea, Josep Borrell, también expresó su «seria preocupación» por la medida. «El tribunal ha estado desempeñando un papel clave al proporcionar justicia internacional y abordar los crímenes internacionales más graves», dijo a los periodistas el alto representante de asuntos exteriores.

La Corte investiga los horrendos crímenes de guerra de EE.UU

A principios de este año, la corte dio luz verde a la investigación de horrendos crímenes de guerra cometidos por tropas de Estados Unidos y otros en el conflicto afgano.

La decisión fue vista con júbilo dado que la CPI ha sido criticada durante mucho tiempo por pasar demasiado tiempo investigando presuntos delitos de naciones más pequeñas, a menudo africanas, y evitando tomar casos que involucran a los principales actores mundiales.

Como parte de la investigación, la Corte estudiará las acciones del gobierno afgano y las tropas estadounidenses desde mayo de 2003.

¿Para qué una Corte Penal Internacional?

En 1948 las Naciones Unidas consideraron por primera vez la posibilidad de establecer una corte internacional permanente para enjuiciar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión.

En la resolución 260 (III) del 9 de diciembre de ese año, la Asamblea General afirmó que «en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad» y está «convencida de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional».

Debido a esto se adoptó la «Convención sobre la Prevención y Sanción del delito de Genocidio».

El artículo I de dicha Convención afirma que el genocidio cometido en tiempo de paz o de guerra, es un delito de derecho internacional que las partes contratantes se comprometen a prevenir y sancionar. Asimismo, el artículo VI dicta que las personas acusadas de genocidio o actos relacionados, serán juzgadas por un tribunal del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido o ante la Corte Penal Internacional que sea competente respecto a aquellas de las partes que hayan reconocido su jurisdicción.

Siguiendo la conclusión de la Comisión de que el establecimiento de una corte internacional para procesar a personas responsables de genocidio u otros crímenes de gravedad similar era deseable y posible, la Asamblea General estableció un comité para preparar propuestas para el establecimiento de semejante corte. El comité preparó un estatuto del proyecto en 1951 y un estatuto del proyecto revisado en 1953. Sin embargo, Asamblea General decidió posponer la consideración del estatuto del proyecto pendiente la adopción de una definición de agresión. Posteriormente se siguió tomando en cuenta de forma periódica la posibilidad de establecer una Corte Penal Internacional.

En la 52 sesión, la Asamblea General decidió convocar a una Conferencia de Plenipotenciarios para el establecimiento de una Corte Penal Internacional, en Roma, Italia, del 15 de junio al 17 de julio de 1998, para finalizar y adoptar una convención en el establecimiento de una Corte Penal Internacional.

El «Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional», fue adoptado el 17 de julio de 1998 por 120 votos a favor, 7 en contra y 21 abstenciones, para ser abierto inmediatamente a firma. El Estatuto de Roma entró en vigor el 1 de julio de 2002, de acuerdo a su artículo 126.

Características esenciales

La Corte Penal Internacional, creada por medio del Estatuto de Roma adoptado en 1998, tiene competencia para juzgar a los individuos responsables por la comisión de los crímenes más graves del derecho internacional, entre los que se encuentran los crímenes de guerra, genocidio, lesa humanidad y de agresión.

En el Estatuto de la Corte Penal Internacional se establece que ésta será una institución de carácter permanente (artículo 1 del Estatuto) y que tendrá personalidad jurídica internacional (art 4). Su sede estará en La Haya, Países Bajos (el Estado anfitrión) y su vinculación con el sistema de Naciones Unidas estará regulado mediante un acuerdo que deberá aprobar la Asamblea de los Estados Parte. Su jurisdicción será complementaria de las jurisdicciones penales nacionales, de tal modo, la actividad de la Corte se iniciará en los casos en que las jurisdicciones de cada país no quieran o no puedan perseguir delitos recogidos en el estatuto.

Los idiomas oficiales de la Corte son el árabe, el chino, el español, el francés, el inglés y el ruso. Los idiomas de trabajo de la Corte son el francés y el inglés.

Naturaleza jurídica

La naturaleza jurídica de la Corte Penal Internacional está determinada por el hecho de haber sido creada por un tratado internacional. De su Estatuto surgen las características generales de esta institución, así, el preámbulo establece que la Corte será independiente y que no estará subordinada a ninguna otra institución internacional sin perjuicio de que la Corte Penal Internacional tendrá vinculación con el sistema de Naciones Unidas (artículo 2). El Estatuto define a la Corte Penal Internacional como una institución permanente y complementaria a las jurisdicciones nacionales.

La Corte Penal Internacional posee vocación universal debido a que todos los Estados pueden ser parte del Estatuto, siempre y cuando acepten la integridad de sus disposiciones, puesto que éste no admite reservas (artículo 120). A su vez, existe la posibilidad de que un Estado que no siendo parte en el Estatuto, acepte la competencia de la Corte Penal Internacional en un caso concreto (artículo 12.3).

Personalidad jurídica internacional

El Estatuto atribuye a la Corte Penal Internacional personalidad jurídica internacional, esto es la capacidad para ser titular de derechos y obligaciones internacionales y de prevalerse de esos derechos por la vía de reclamación internacional, a la que se le atribuye la capacidad jurídica que sea necesaria para el desempeño de sus funciones y la realización de sus propósitos (artículo 4.1). Su personalidad jurídica viene determinada no sólo por el artículo 4 en que se hace referencia expresa, sino también, se complementa en diferentes disposiciones del Estatuto, donde se le atribuye a la Corte la capacidad de concluir acuerdos con las Naciones Unidas (artículo 2), con el Estado anfitrión (artículo 3) y un arreglo especial o un acuerdo con un Estado que no sea parte en el Estatuto para prestar cooperación internacional y asistencia judicial (artículo 87.5),

Composición

La Corte está compuesta de 18 magistrados y sus cuatro órganos principales según lo establecido por el artículo 34 del Estatuto:

1. La Presidencia, integrada por el presidente, el Vicepresidente primero y el Vicepresidente segundo, los que desempeñarán el cargo por un período de tres años y podrán ser reelegidos una vez (artículo 38).

2. Una Sección de Apelaciones, compuesta por el Presidente y cuatro magistrados; una

1. Sección de Primera Instancia, esta tendrá no menos de seis magistrados; y una

2. Sección de Cuestiones Preliminares; también compuesta por no menos de seis magistrados (artículo 39).

3. La Fiscalía, dirigida por el Fiscal, podrá contar con la ayuda de fiscales adjuntos. Encargada de recibir información corroborada sobre crímenes de la competencia de la Corte para examinarlas y realizar investigaciones o ejercitar la acción penal ante la Corte (artículo 42).

4. La Secretaría, compuesta por el Secretario y el Secretario Adjunto y estará encargada de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte y prestarles servicios (artículo 43). Dentro de la Secretaría habrá una Dependencia de Víctimas y Testigos, establecida por el Secretario. Se encargará de adoptar medidas de protección y dispositivos de seguridad y prestará asesoramiento y otro tipo de asistencia a testigos y víctimas que comparezcan ante la Corte y a otras personas que estén en peligro en razón del testimonio prestado (artículo 43).

Estados Parte

El Estatuto establece en su Parte XI, la existencia de una Asamblea de los Estados Parte, formada por un representante de cada Estado Parte para supervisar los diferentes órganos de la Corte, su presupuesto, informes y actividades de la Mesa de la Asamblea.

Los representantes tendrán un voto y las decisiones serán alcanzadas ya sea por consenso o por mayoría.

Jurisdicción

Los Estados que pasen a ser parte en el estatuto de la Corte aceptan de esta forma la jurisdicción del Tribunal, el que podrá ejercer su competencia si el crimen se ha cometido en el territorio de un Estado parte o si el acusado es nacional de un Estado parte (artículo12), cuando la investigación haya sido iniciada por un Estado Parte o por el Fiscal de oficio (artículo13). En el artículo 13 también se prevé que el Consejo de Seguridad, actuando con arreglo a lo dispuesto en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, puede remitir al Fiscal una situación en que parezca que se haya cometido uno o varios de los crímenes de competencia de la Corte. Pero en éste último caso, ni el artículo 12 ni el artículo 13 del estatuto especifica si el crimen que denuncia el Consejo de Seguridad deba haber sido cometido en el territorio de un Estado parte o si el acusado es nacional de un Estado parte. Por tal motivo, cuando es el Consejo de Seguridad el que activa el procedimiento, será el único caso en que la Corte podrá ejercer una jurisdicción universal.

Postura norteamericana

La determinación de estas condiciones previas para el ejercicio de la jurisdicción por parte de la Corte, ha sido un punto de lo más conflictivo, ya que los Estados poseían al respecto diferentes posturas. Mientras unos proponían que la Corte ejerciera una jurisdicción universal, otros propugnaban por la aceptación de la jurisdicción por el Estado del que fuera nacional el autor y por el Estado en cuyo territorio se hubiera cometido el crimen. Esta fue la postura adoptada por el Estado norteamericano.

Finalmente, se optó por que la Corte ejerciera su jurisdicción cuando el Estado del que es nacional el acusado o el Estado en cuyo territorio se cometió el crimen, es parte en el Estatuto de Roma. En este último caso, deja abierta la posibilidad que un nacional de un Estado que no sea parte en el Estatuto que haya cometido un delito en el territorio de un Estado Parte, podrá ser juzgado por la Corte.

Esta decisión hizo que Estados Unidos se opusiera terminantemente a la firma del Estatuto. Hay que tener en cuenta, que dicho nacional sólo podrá ser juzgado por la Corte si el Estado de la nacionalidad del presunto autor no esté dispuesto o no pueda juzgarlo.

Declaración de inadmisibilidad

La Corte declarará inadmisible un caso, según lo dispuesto en el artículo17, cuando el asunto sea objeto de una investigación o enjuiciamiento en el Estado que tiene jurisdicción sobre él a menos que no esté dispuesto a llevar a cabo la investigación, o no pueda llevar adelante el juicio, o cuando el asunto haya sido objeto de investigación por el Estado que tenga jurisdicción sobre él y éste haya decidido no incoar acción penal, a menos que la decisión haya obedecido a que no esté dispuesto a llevar a cabo el enjuiciamiento o no pueda hacerlo; cuando la persona ya ha sido enjuiciada por la conducta que se le imputa o cuando el asunto no sea de gravedad suficiente para justificar la adopción de otras medidas por la Corte.

Parcialidad racista de la Corte

La Corte Penal Internacional con sede en La Haya, Holanda, no es ninguna maravilla, por más que se la creó con muchas expectativas con el Tratado de Roma en 2002. No podría serlo porque de una u otra manera esos tribunales y organismos internacionales, como la ONU, son parte en última instancia del mundo desigual y dominado por grandes potencias capitalistas como EE UU y la Unión Europea.

De todas maneras, en la medida que la CPI fue creada con competencia en crímenes de guerra, delitos de lesa humanidad y genocidio, fue acumulando expedientes provenientes de muchas partes del mundo. Y algo debía hacer, claro que con un retraso monumental y eligiendo muy bien a qué países abrirles expedientes y a cuáles no.

A los africanos los sentó a menudo en el banquillo de los acusados, por lo que se ganó el justo mote de que sólo perseguía a África. Gambia, Sudáfrica y Burundi anunciaron en 2016 que se iban de la CPI; Kenia y otros cuatro países sopesan hacer lo mismo dada la evidente parcialidad racista de la Corte.

En cambio, otros gozan de impunidad total como Israel, denunciado infinidad de veces por los crímenes cometidos contra la población de Gaza. Incurrió en eso en 2008-2009, en 2014 y desde marzo de 2018, con miles de víctimas mortales y heridos en cada caso, sin que la Corte se decidiera a juzgarlo.

El 22 de mayo pasado el ministro palestino de Asuntos Exteriores, Riad al Maliki, formuló su última denuncia, por la represión contra Gaza, iniciada el 30 de marzo. Y aún no hay novedades…

No es casual que EE UU no sea parte de la Corte Penal Internacional.

 Ahora la administración Trump amenaza y chantajea a la CPI para que no se investiguen sus crímenes en Afganistán. El coloso con pies de barro se ha vuelto furioso contra la posibilidad de que los sangrientos crímenes de sus marines en Afganistán sean ventilados en La Haya.

Ya en septiembre pasado, el entonces asesor de Seguridad Nacional de Trump, John Bolton, anunció grandes represalias en el caso que la CPI investigara crímenes de “patriotas estadounidenses” en el país asiático, invadido por George W. Bush.

“Estados Unidos utilizará cualquier medio que sea necesario para proteger a nuestros ciudadanos y a los de nuestros aliados contra las acusaciones injustas de este tribunal ilegítimo”, amenazó Bolton ante la Federalist Society, un foro ultra conservador de Washington.

El guerrerista funcionario reaccionaba de ese modo, luego que en 2017 la CPI pidiera autorización a Washington para investigaciones preliminares sobre Afganistán. Las sanciones podrían ser, dijo Bolton, prohibir la entrada a EE UU a jueces y fiscales del Tribunal, procesarlos ante la justicia, afectar sus fondos e inversiones en EE UU. Otro tanto con los fondos de cualquier empresa o país que colaborara con la investigación a esos marines, y agravar las sanciones a los estados que entregaran a ciudadanos norteamericanos al tribunal en sede holandesa.

Bolton fue tajante: “no cooperamos con la CPI. No le prestaremos asistencia. No nos uniremos a ella. Dejaremos que muera ella sola. Después de todo, la CPI ya está muerta para nosotros”.

El trámite inicial de este caso lo había asumido en 2015 la fiscal jefa de la CPI, Fatou Bensuoda, una jurista nacida en Gambia.

Los delitos imputados a los militares que invadieron Afganistán datan de 2001-2003. Recién catorce años después la fiscal jefa Bensuoda pide a Washington autorización para investigar y eventualmente abrir un juicio. Una lentitud evidente que no tiene tanto que ver con la capacidad jurídica de la nacida en Gambia, que en abril de 2018 recibió un honoris causa por esa labor humanitaria en la Universidad Nacional de Lanús. La lentitud tiene que ver con lo dicho al principio: las potencias hacen sentir su rigor, con amenazas brutales como las de Bolton  y ahora de Trump y en muchos otros casos con maniobras más sutiles.

Así, uno de los jueces de la CPI, Christoph Flugge, dimitió en enero pasado y lo explicó al periódico Die Zeit como una reacción ante la “interferencia impactante de EE UU”. El magistrado había participado de las investigaciones preliminares de los delitos en tierra afgana por parte de las tropas y servicios de inteligencia norteamericana. “Bolton pronunció su discurso en un momento en que La Haya estaba planeando realizar investigaciones preliminares sobre soldados estadounidenses que habían sido acusados de torturar a personas en Afganistán.

Las amenazas estadounidenses contra los jueces internacionales muestran claramente el nuevo clima político. Eso es impactante. Nunca había escuchado semejante amenaza», declaró el renunciante.

Los crímenes yanquis están bien tipificados

El Estatuto de la CPI los tipifica claramente: artículo 6, sobre Genocidio; artículo 7, Crímenes de lesa humanidad y artículo 8, Crímenes de guerra. Pero los soldados yanquis tienen impunidad. En marzo de 2003 invadieron Irak y cometieron genocidio. En 2006 la revista británica The Lancet estimaba que habían asesinado a 654.965 iraquíes.

Ninguno de los asesinos fue juzgado en La Haya y menos los que dieron las órdenes, como Bush.

El chantaje una forma de gobierno de Trump

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha convertido el chantaje en su forma habitual de gobierno y no hay día que no lo practique frente a cualquier país, ya sea enemigo o aliado, condición, esta última, que parece tenerle sin cuidado. Es como si Trump hubiese decidido hacer suya la estrategia de otro presidente republicano, Richard Nixon, consistente en hacerle creer al adversario que uno no esta jugando, sino que sería capaz de cualquier locura para conseguir su objetivo.

Es lo que ha hecho, hasta ahora sin demasiado éxito por cierto, con el mandatario norcoreano Kim Jong Un, a quien amenaza un día con reducir su país a cenizas para elogiarle y tratarle de ‘amigo’ al siguiente, o con el gobierno de Irán. Esos dos gobiernos del que Washington llama «el eje del mal» parecen no creerse ya sus bravatas, porque dudan de que un cobarde como Trump vaya a cumplir sus amenazas.

Por ello Corea del Norte sigue probando sus misiles como si nada e Irán no se deja tampoco intimidar por el hecho de que Trump envíe portaaviones y destructores a aguas del Golfo o amenace a sus supertanqueros que abastecen de gasolina a Venezuela.

Irán condena el chantaje yanqui

En ese sentido,el ministro de Relaciones Exteriores iraní, Mohammad Yavad Zarif, respondió a las nuevas sanciones anunciadas por Washington esta vez contra

la Corte Penal Internacional (CPI), señalando que la institución ha sido objeto de «chantaje por parte de un grupo de delincuentes disfrazados de diplomáticos».

«El Tribunal Penal Internacional, chantajeado ahora por pandillas ilegales haciéndose pasar por diplomáticos», escribió Zarif en su cuenta de Twitter el

jueves.

«¿Qué más será necesario para que la comunidad mundial despierte y huela las consecuencias de apaciguar al acosador?» advirtió.

«¿Y a quién más deberá aterrorizar EEUU antes de que los apaciguadores se den cuenta INCLUSO de que podrían ser los próximos?», señaló.

¡Ningún aliado se salva del chantaje!

Está demostrado que el gobierno norteamericano no cree en aliados de ningún género. Baste mencionar el apoyo brindado a los británicos,  contra Argentina cuando la guerra de las Malvinas, violando todos los pactos regionales de seguridad y sus acuerdos con los militares  fascistas del país austral que por cierto eran sus fieles lacayos.

Ni siquiera la OTan se ha salvado de sus abiertas presiones. Como se recordará, el presidente Donald Trump destrozó la proclamada unidad de la OTAN en momentos que sus jefes se reunían en el 70 aniversario de la alianza, al calificar a un mandatario de “hipócrita”, a otro de “repugnante” y realizar una reunión exclusivamente con los miembros que más gastan en defensa.

Las “riñas solariegas” de Trump con el primer ministro canadiense Justin Trudeau y el presidente francés Emmanuel Macron pusieron al desnudo las divisiones en la alianza en torno al gasto de defensa y las relaciones con Turquía, así como las actitudes excéntricas del mandatario estadounidense en el escenario mundial.

En el caso de Alemania, la amenaza de llevarse a las tropas a otra parte y abandonar al país aliado a su suerte salió esta vez del embajador de EE UU en Berlín, un millonario al que hace tiempo que habría que haber declarado persona non grata por sus continuas e intolerables injerencias en la política interna alemana y, más en general, la europea.

Estados Unidos actúa como si las tropas que tiene desplegadas en diversos países del Viejo Continente, España incluida, estuviesen dedicadas exclusivamente y de modo totalmente altruista a defender a los europeos frente a una supuesta amenaza rusa.

Pero no es así: en el caso de Alemania, por ejemplo, la base aérea que tiene EE UU en Ramstein se utiliza para sus operaciones militares en Oriente Medio, en Irak o en Afganistán, entre otros lugares donde la superpotencia tiene intereses estratégicos.

Está también el hospital militar de Landstuhl, el mayor centro médico que tiene EE UU fuera de su territorio, donde han recibido hasta ahora tratamiento más de 200.000 heridos de guerra. Por no citar otros centros de mando estratégico como los de Stuttgart y Wiesbaden.

Los alemanes saben que llevarse todo eso a Polonia, es decir todavía más cerca de la frontera rusa, sería tremendamente complejo y costoso para la superpotencia, además de crear nuevas e innecesarias tensiones con el Kremlin.

Lo único que está consiguiendo Donald Trump con sus bravuconadas e intentos de chantaje es convencer a los gobiernos europeos de que ya no pueden fiarse de EE UU y deberían por ello no sólo ocuparse de su propia defensa.

Para ello deberían rebajar las tensiones con la vecina Rusia con medidas generadoras de confianza como, en plena Guerra Fría, hizo la Alemania de Willy Brandt con su famosa Ostpolitik.

EE.UU no respeta alianzas económicas.

En la esfera económica, la estrategia negociadora de Trump no respeta alianzas, ni aliados, ni preocupación alguna por la estabilidad de la economía mundial. Consiste en someter a sus interlocutores a una presión continua, pero confusa —no ha mucho que decretó la suspensión de la amenaza de aranceles para los productos y países que acababa de castigar—, con el objetivo de que reduzcan voluntariamente las exportaciones en esas negociaciones fantasmagóricas que se cierran y se abren al compás de las presiones de Washington.

Este modus operandi chantajista está al servicio de los intereses más proteccionistas de la economía estadounidense, que se identifican en buena parte con el aislacionismo internacional.

Dignidad venezolana contra chantajes norteamericanos

de conjunto con probados planes de agresión y los intentos de criminalizar a las autoridades bolivarianas, el gobierno de Washington ha ratificado muchas veces su marcada postura injerencista cuando del tema venezolano se trata. Por ejemplo, al proponer un supuesto Marco para una transición democrática en la nación sudamericana.

Como se recordarán, la propuesta presentada por el secretario de Estado norteamericano, Mike Pompeo, planteó el establecimiento de un gobierno de transición en Venezuela que debía convocar a elecciones presidenciales en un plazo de seis a 12 meses a cambio del levantamiento de las medidas coercitivas implementadas por la Casa Blanca.

La mencionada maniobra injerencista siguió a las falsas acusaciones promovidas en fechas recientes por la administración de Donald Trump contra la persona del mandatario venezolano Nicolás Maduro y otros altos dirigentes de la nación sudamericana, en forma de cargos por supuestos delitos de narcotráfico.

‘Esta pantomima estadounidense incluye el insólito ofrecimiento de una recompensa internacional a quien aporte información sobre el Presidente y los altos funcionarios venezolanos, conduciendo a un peligroso momento de tensión en el continente’, denunció Maduro en una carta dirigida a los líderes del mundo.

‘Venezuela es un país libre, soberano, independiente y democrático, que no acepta ni aceptará jamás tutelaje alguno de ningún gobierno extranjero’, subrayó el Ministerio de Relaciones Exteriores en un comunicado de rechazo a la propuesta injerencista.

Agregó que la política de Washington hacia el país sudamericano ‘transita desde la extorsión y amenaza a funcionarios del Gobierno bolivariano, (?) hasta la presentación de un adefesio de acuerdo para la instalación de un supuesto gobierno de transición inconstitucional’, en desconocimiento de la voluntad popular expresada en las urnas.

El gobierno bolivariano ha exigido el cese de la fracasada estrategia de Estados Unidos de provocar cambio de régimen por la fuerza en Venezuela, así como la eliminación de todas las medidas coercitivas que impiden al pais adquirir insumos para enfrentar la pandemia de Covid-19.

Una política de agresiones y chantajes contra Cuba

Desde el triunfo de la Revolución Washington ha llevado a cabo una política de agresiones y chantajes constantes contra nuestro país, una de cuyas vertientes más genocidas es el criminal bloqueo económico y financiero impuesto por más de 60 años.

Al respecto, Cuba ha denunciado las presiones y chantajes que el Departamento de Estado de Estados Unidos despliega contra países miembros de las Naciones Unidas, con el propósito de restar apoyo a las resoluciónes contra el bloqueo que año tras año aprueba la Asamblea General de ese organismo. Lejos de atender al reiterado llamado de la comunidad internacional que durante más de dos décadas ha adoptado esta resolución de manera prácticamente unánime, Estados Unidos realiza maniobras adicionales para dificultar su adopción.

Particularmente se trata de influir con desvergonzadas presiones sobre los países latinoamericanos con el objetivo de obtener su voto en contra de dicho proyecto de resolución.

Desde que Trump asumiera el poder, las presiones, sanciones y chantajes contra Cuba se han arreciado tratando infructuosamente de quebrar la heróica resistencia de nuestro pueblo. En particular, su administración se ha ensañado con el sistema de salud pública, con el objeto de enlodar la imagen de la cooperación médica cubana. 

Otro buen ejemplo de esta perversa política de chantaje, es la reciente inclusión de Cuba en una espúrea lista de países que supuestamente no cooperan con la lucha contra el terrorismo, ¡nada menos que por el gobierno más terrorista que existe en el universo!.

Valorando de forma objetiva todo lo expuesto, lo único positivo de estas amenazas y chantajes es que pueden hacer recapacitar a la parte del mundo engañada por las mentiras del imperio yanqui, que los actuales dictadores fascistas que tratan de imponer su hegemonía sobre la humanidad, tienen sus oficinas en la Casa Blanca.

Tal vez por ello, Trump el chantajista mayor, temeroso de las multitudes indignadas que recorren las calles de los Estados Unidos protestando contra el racismo sistémico y la brutalidad policial, ordenó construir a la carrera un alto muro alrededor del búnker en que se esconde para que lo proteja de su propio pueblo al que no quiere oir ni ver.

Sin embargo, estamos convencidos  que nada de eso lo podrá salvar del descrédito y el repudio mundial que se ha ganado para la posteridad con su infame actuar.  

fin

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