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Minuto a minuto: Asamblea Nacional del Poder Popular en su X Legislatura

EL FUTURO DEL PAÍS EN UN DÍA DE GLORIA HISTÓRICA

En fecha tan significativa para la Patria como este 19 de abril –aniversario de la victoria del pueblo revolucionario en Playa Girón, cuando hizo que el imperialismo estadounidense mordiera el polvo de su primera derrota en el continente– quedará constituida hoy la Décima Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

En acto solemne, desde el Palacio de Convenciones de La Habana, los 470 diputados electos por el pueblo elegirán al Presidente, Vicepresidente y Secretario del Parlamento, que a la vez lo serán del Consejo de Estado, del cual también se votarán sus restantes miembros.

La Asamblea Nacional del Poder Popular, al constituirse para una nueva Legislatura, elige, además, al Presidente y al Vicepresidente de la República, y designa, a propuesta del Presidente de la República, al Primer Ministro, a los vice primeros ministros, al Secretario y demás miembros del Consejo de Ministros.

De acuerdo con la Ley electoral, correspondió a la Comisión de Candidaturas Nacional, de forma previa, solicitar a los diputados que le hicieran llegar por escrito las propuestas de quienes consideraban, entre ellos, para ocupar los cargos de la dirección de la Asamblea Nacional del Poder Popular.

Este proceso transparente, democrático y participativo, en palabras de Consuelo Baeza Martín, presidenta de la Comisión de Candidaturas Nacional, fortalece la democracia del país, representa y expresa la voluntad soberana de todo el pueblo, y dentro de sus atribuciones está decidir acerca de la constitucionalidad de las leyes, decretos-leyes, decretos y demás disposiciones generales.

La Décima Legislatura es la primera que se constituirá desde que se aprobó la nueva Constitución de la República en 2019.


8:15 a.m. ASISTE RAÚL A SESIÓN CONSTITUTIVA DE LA ASAMBLEA NACIONAL DEL PODER POPULAR

Con la presencia del Líder de la Revolución, General de Ejército Raúl Castro Ruz, y el Primer Secretario del Partido Comunista de Cuba y Presidente de la República, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, inició la sesión constitutiva de la Asamblea Nacional del Poder Popular en su Décima Legislatura.

En acto solemne, desde el Palacio de Convenciones de La Habana, los diputados electos por el pueblo elegirán al Presidente, Vicepresidente y Secretario del Parlamento, que a la vez lo serán del Consejo de Estado, del cual también se votarán sus restantes miembros.

La Asamblea Nacional del Poder Popular, al constituirse para una nueva Legislatura, elige, además, al Presidente y al Vicepresidente de la República, y designa, a propuesta del Presidente de la República, al Primer Ministro, a los vice primeros ministros, al Secretario y demás miembros del Consejo de Ministros.


9:00 a.m. PARLAMENTO CUBANO PRESENTA MAPA INTERACTIVO CON TODOS LOS DIPUTADOS

Los diputados tienen el deber de desarrollar sus labores en beneficio de los intereses del pueblo, mantener vínculo con sus electores, atender sus planteamientos, sugerencias, críticas y explicarles la política del Estado. Asimismo, rendirán cuenta del cumplimiento de sus funciones como tal, según lo establecido en la ley.

La Asamblea Nacional del Poder Popular adopta las medidas que garanticen la adecuada vinculación de los diputados con sus electores y con los órganos locales del Poder Popular en el territorio donde fueron elegidos.

El diputado tiene como función esencial representar los intereses del pueblo. Representa a la sociedad en su conjunto y no a un determinado territorio. Conforme al artículo 115 de la Constitución de la República, la condición de diputado no entraña privilegios personales ni beneficios económicos. Durante el tiempo que empleen en el desempeño efectivo de sus funciones, los diputados perciben la misma remuneración de su centro de trabajo y mantienen el vínculo con este, a los efectos pertinentes.

A los diputados les puede ser revocado su mandato en cualquier momento, en la forma, por las causas y según los procedimientos establecidos en la ley. El diputado coordina sus funciones como tal con sus responsabilidades y tareas habituales.


9:25 a.m. EXISTE EL QUÓRUM ESTABLECIDO PARA LA CONSTITUCIÓN DE LA ASAMBLEA

Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta del Consejo Electoral Nacional (CEN), expresó que, en cumplimiento de las normativas electorales vigentes, los diputados se reúnen para dejar constituida la Asamblea Nacional del Poder Popular en su Décima Legislatura.

La sesión se celebra al amparo de la Constitución de la República y la Ley Electoral.

Balseiro Gutiérrez refirió que la misma es presidida, en su parte inicial, por el CEN y participan, además, la presidenta de la Comisión de Candidaturas Nacional, Consuelo Baeza y representantes de las organizaciones de masas.

Balseiro Gutiérrez explicó la composición de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y señaló que previamente fueron examinados y validados todos los certificados de elección.

Afirmó que se encuentran presentes 462 diputados para el 98,13% de asistencia, por lo que decretó que existe el quórum establecido para la constitución de la ANPP.

De acuerdo con lo establecido, se procedió a la firma del juramento por parte de los diputados.
En este sentido, la diputada más joven, Yarisleidis Cirilo Duboys, hizo lectura del juramento, para luego proceder a la ratificación y suscripción del mismo por parte de todos los diputados.

Cirilo Duboys, diputada por la provicia de Guantánamo, desde los 12 años comenzó sus estudios y prácticas de canotaje en la Academia Náutica de Caimanera. A los 15 años ya integraba el Equipo Nacional y solo dos años después obtenía éxitos notables.

En los años 2021 y 2022 se consolidaron sus resultados en los eventos mundiales y regionales de canotaje acumulando preseas de oro, plata y bronce. Fue elegida la Atleta Novata de nuestro país en la categoría juvenil en el 2021, y al año siguiente, en el 2022 resultó elegida la Atleta más destacada en la Categoría Élite. Propuesta precandidata a diputada a la Asamblea Nacional del Poder Popular por los plenos de la CTC y la FMC.


9:35 a.m. DECLARAN CONSTITUIDA LA ASAMBLEA NACIONAL DEL PODER POPULAR EN SU X LEGISLATURA


9:45 a.m. PRESENTAN CANDIDATURA PARA LA PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO Y EL CONSEJO DE ESTADO

Consuelo Baeza Martín, presidenta de la Comisión de Candidaturas Nacional (CCN), presentó, ante el nuevo parlamento constituido, las propuestas para ocupar los cargos de Presidente, Vicepresidente y Secretario de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP), quienes a su vez lo serán del Consejo de Estado.

A partir de las propuestas emitidas por escrito, se propuso ratificar a Juan Esteban Lazo Hernández, Ana María Mari Machado y Homero Acosta Álvarez, como Presidente, Vicepresidente y Secretario de la ANPP y el Consejo de Estado, respectivamente.

Una vez emitidas las propuestas por la Presidenta de la CCN, los diputados estudiarán las respectivas candidaturas, para luego someterlas a votación.


9:50 a.m. PRESENTAN LAS 18 PROPUESTAS DE CANDIDATURA PARA MIEMBROS DEL CONSEJO DE ESTADO

La presidenta de la Comisión de Candidatura Nacional presentó las 18 propuestas de candidatura para miembros del Consejo de Estado.

Ratificando a:
Aylín Álvarez García
Teresa Amarelle Boué
Ulises Guilarte de Nacimiento
Gerardo Hernández Nordelo
Beatriz Johnson Urrutia
Miriam Nicado García
Yoerky Sánchez Cuéllar
Rafael Santiesteban Pozo

Como nuevos miembros:
Yuri Valdés Balbín
Yurisa Lahera Mansfarroll
Marcela Figueredo Rosales
Juana Yamilka Viñals Suárez
Taymí Martínez Naranjo
Angélica María Chorens Fernández
Omara Durand Elías
Iván Santos Prieto
Julio Emilio Morejón Pérez
Elier Ramírez Cañedo


10:20 a.m. Balseiro Gutiérrez informó que en la propuesta de candidatura para presidente, vicepresidente y secretario de la Asambea Nacional se aprobó por mayoría, al registrarse una abstención.


10:40 a.m. LOS DIPUTADOS EFECTÚAN EL VOTO PARA AMBAS PROPUESTAS

Los diputados expresaron que los candidatos a miembros del Consejo de Estado, reúnen los requisitos para dar continuidad a la obra de la Revolución y sabrán hacer cumplir lo establecido en la Constitución, así como leyes y disposiciones.
Luego de sometido a votación el proyecto de candidatura presentado, se aprobó el mismo.
A continuación, se procede a efectuar el voto libre, igual, directo y secreto para ambas propuestas.


11:05 a.m.

Que mayor expresión de democracia y continuidad que la renovación del Consejo de Estado cubano donde convergen la experiencia y el entusiasmo de los diputados electos por el voto unido.
Con este Consejo de Estado seguiremos luchando y seguiremos venciendo.


11:25 a.m. ¿Cuáles son los requisitos para ser electo presidente de la República?


Para ser Presidente de la República se requiere haber cumplido treinta y cinco años de edad, hallarse en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser ciudadano cubano por nacimiento y no tener otra ciudadanía. Para ser elegido en este cargo en un primer período, se debe tener hasta sesenta años de edad. Sin embargo, no es suficiente cumplir con los requisitos antes expuestos, además es ineludible haber sido electo previamente como diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular.

El Presidente puede ejercer su cargo hasta dos períodos consecutivos, luego de lo cual no puede desempeñarlo nuevamente. En este sentido, con la nueva Constitución se transita de un modelo de reelección indefinida (1976) a la variante de reelección inmediata cerrada.

Se configura así lo que en la doctrina se conoce como reelección inmediata cerrada, o sea, se limita el periodo de tiempo del candidato reelecto en el poder a un máximo de 10 años, tiempo tras el cual no puede volver a proponerse y nominar como candidato. En el caso cubano, la reelección para otro período es por habilitación constitucional expresa, es decir, la Constitución de forma literal contiene una disposición referida a la posibilidad de reelegibilidad inmediata y por una segunda ocasión (artículo 126 constitucional, véase también el artículo 11 de la Ley No. 136/2020). El Vicepresidente de la República es elegido de la misma forma, por igual período y limitación de mandato que el Presidente.


11:30 a.m. ¿Cómo y por quién se nominan y eligen el presidente y vicepresidente?

De los 470 diputados y diputadas, recientemente electos y que integran la X Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, se nomina y elige el Presidente y Vicepresidente de la República. La Ley No. 127/2019 (Electoral) regula que el proceso de nominación y elección del Jefe del Estado y el vicepresidente es dirigido por el presidente del máximo órgano del poder del Estado.

Para la conformación de la candidatura de estos cargos, la Comisión de Candidaturas Nacional solicita a los diputados y diputadas que con carácter personal le hagan llegar por escrito sus propuestas, sin identificar la identidad del proponente, luego de lo cual presenta el referido proyecto.

Para la aprobación de esta candidatura el presidente de la Asamblea Nacional del Poder somete el proyecto al pleno de la Asamblea y resulta aprobado si obtiene más del cincuenta (50) por ciento de los votos de los diputados y diputadas presentes, en votación que se realiza a mano alzada.

Aprobada la candidatura, el también presidente del Consejo de Estado explica la forma en que se lleva a cabo la votación, indica distribuir las boletas a los diputados presentes y solicita a estos que efectúen la votación secreta dentro de la cabina acondicionada al efecto y con todas las garantías de protección del sufragio activo: libre, igual, directo y secreto.

El escrutinio y validación se realiza por el Consejo Electoral Nacional, el presidente del máximo órgano electoral del país informa el resultado de la votación al presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, siempre que hayan obtenido para los cargos en elección la mayoría absoluta, lo que es igual a más del cincuenta (50) por ciento de los votos válidos emitidos.

El presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, una vez informados los resultados de la votación para los cargos de presidente y vicepresidente, los declara electos y en posesión de sus cargos. Posteriormente invita al Presidente de la República a pronunciar ante la Asamblea Nacional del Poder Popular y para todo el país su discurso de toma de posesión.

El Presidente de la República se mantiene en su cargo hasta la elección de su sucesor y cesa en sus funciones solo en los casos previstos en la Constitución y la Ley No. 136/2020, a saber: por terminación del período presidencial, por renuncia, por pérdida de los requisitos para el ejercicio del cargo, por revocación del mandato, por incapacidad sobrevenida e inhabilitante para ejercer el cargo, por ausencia definitiva y por muerte. En los casos de cese de las funciones, excepto por terminación del período presidencial, el Vicepresidente asume interinamente las atribuciones del Presidente. La sustitución se realiza por un plazo de hasta ciento ochenta días, lapso en el que se elige a un nuevo Jefe del Estado.


01:10 p.m. Comienza el proceso de votación para elegir al Presidente y Vicepresidente de la República


01:30 p.m. Electa la Asamblea Nacional del Poder Popular y el Consejo de Estado #DefendiendoCuba


04:40 p.m.

Ratifican como vice primeros ministros a: Ramiro Valdés Menéndez, Inés María Chapman, Jorge Luis Tapia Fonseca, Ricardo Cabrisas Ruiz, Jorge Luis Perdomo Di-Lella y Alejandro Gil Fernández. Este último se ratifica como ministro de Economía y Planificación.

Fue propuesto Ricardo Cabrisas Ruiz como ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera.

Redacción Razones de Cuba

Trabajos periodísticos que revelan la continuidad de las acciones contra Cuba desde los Estados Unidos.

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